Necesitas Asesoría Legal

En Educalex contamos con los mejores especialistas en Derecho Educacional que te ayudaran a resolver todas tus dudas

Contratación de Docentes en Colegios Particulares Pagados en Chile

Contratación de Docentes en Colegios Particulares Pagados en Chile: Normativas y Excepciones

En Chile, la contratación de profesores en colegios particulares pagados se rige por el Código del Trabajo , y no por el Estatuto Docente , normativa que aplica exclusivamente a establecimientos municipales y subvencionados. Esta diferencia es fundamental, ya que impacta directamente en la estabilidad laboral de los docentes, la duración de los contratos y las condiciones de término.

En este artículo, desde Educalex , expertos en asesoría legal educativa, analizamos en detalle qué normas aplican a los contratos de los docentes en colegios particulares pagados, sus limitaciones y excepciones, con el fin de entregar claridad a sostenedores y directivos de establecimientos educativos.

Normativa aplicable a los docentes en colegios particulares pagados

A diferencia de los colegios municipales y subvencionados, donde rige el Estatuto Docente (Ley N°19.070) , los profesores que trabajan en colegios particulares remunerados se encuentran regulados por el Código del Trabajo . Esto significa que no cuentan con los mismos beneficios ni restricciones que los docentes de la educación pública o subvencionada.

🔹 Duración del contrato: hasta dos años

El Código del Trabajo , en su artículo 159 N°4 , permite que los profesionales con título otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocidos por este puedan ser contratados bajo la modalidad de contrato a plazo fijo hasta por un máximo de dos años .

Esto es una diferencia clave con respecto a los docentes de colegios municipales y subvencionados, donde el Estatuto Docente establece que los contratos a plazo fijo deben ser de al menos un año laboral completo .

 En resumen:

Sí se puede contratar a plazo fijo en un colegio particular pagado.
El contrato puede durar hasta un máximo de dos años.
No existe la obligación de que el contrato abarque un año laboral completo, como en los colegios subvencionados.

Excepción: Prórroga del contrato en enero y febrero

Aunque los colegios particulares pagados no se rigen por el Estatuto Docente en términos generales, existe una excepción importante : la prórroga del contrato por los meses de enero y febrero .

🔹 ¿Cuándo se aplica la prórroga automática?

Si el profesor ha trabajado seis meses consecutivos o más con el mismo empleador y su contrato sigue vigente en diciembre, la ley establece que se entenderá automáticamente extendida hasta el último día de febrero o hasta el día anterior al inicio del nuevo año escolar .

🔹 Casos en los que NO se aplica la prórroga

🔸 Si el contrato finaliza antes de diciembre, no hay extensión automática .
🔸 Si el docente trabajó menos de seis meses seguidos, tampoco se aplica la prórroga .

 En resumen:

 Si el contrato sigue vigente en diciembre y el docente ha trabajado seis meses o más, se prorroga automáticamente hasta febrero.
 Si el contrato termina antes de diciembre, no se extiende automáticamente.

Consideraciones legales para sostenedores y directivos

Para los colegios particulares pagados, es fundamental comprender y aplicar correctamente estas normas, ya que errores en la contratación pueden generar conflictos laborales y demandas.

🔹 Revisión de los contratos: Se recomienda que los contratos de los docentes indiquen claramente su duración y especifiquen las condiciones de renovación.
🔹 Planificación del cierre de año escolar: Para evitar interpretaciones erróneas, los sostenedores deben definir con claridad la fecha de término de los contratos.
🔹 Asesoría legal preventiva: Contar con una asesoría legal especializada en derecho educativo puede prevenir problemas legales y garantizar el cumplimiento normativo.

Conclusión

La contratación de docentes en colegios particulares remunerados se rige por el Código del Trabajo , permitiendo contratos a plazo fijo de hasta dos años. Sin embargo, existe una excepción clave : si el docente ha trabajado al menos seis meses consecutivos y su contrato sigue vigente en diciembre, se prorrogará automáticamente por enero y febrero.

Desde Educalex , creemos en la importancia de que los establecimientos educativos comprendan y apliquen correctamente estas normativas, garantizando así una gestión eficiente y en cumplimiento con la legislación vigente. Si necesitas asesoría en derecho educacional, contáctanos a contacto @educalex .cl y te ayudaremos a resolver todas tus inquietudes legales.

 Educalex: Tu aliado en asesoría legal educativa

Con más de 20 años de experiencia, en Educalex brindamos asesoramiento especializado en derecho educativo , ayudando a sostenedores, directivos y entidades educativas a cumplir con la normativa vigente y evitar problemas legales.

Si necesita asesoría legal o desea profundizar en esta temática, no dude en contactarnos por intermedio del email contacto@educalex.cl o por el telefono +56 9 3754 1767. En Educalex contamos con la experiencia y el conocimiento para ayudarlo a enfrentar estos desafíos con la solidez y el respaldo que merece.

También te puede interesar leer

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *