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EL RECURSO DEL ARTICULO 59 DE LA LEY 20529 EN RELACION CON LOS QUE ESTABLECE LA LEY DE PROCEDMIENTO ADMINITRATIVO

EL RECURSO DEL ARTICULO 59 DE LA LEY 20529 EN RELACION CON LOS QUE ESTABLECE LA LEY DE PROCEDMIENTO ADMINITRATIVO

Contexto del Recurso según la Ley N.º 20.529

La Ley N.º 20.529, conocida como la Ley del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, regula los procedimientos sancionatorios y las herramientas de impugnación aplicables en casos de decisiones adoptadas por la Superintendencia de Educación.

El artículo 59 de esta ley establece un recurso jerárquico especial que puede ser presentado en el contexto de las sanciones impuestas por la Superintendencia. Veamos su contenido clave:

Artículo 59: “Contra la resolución que aplique una sanción de las señaladas en el artículo 48 procederá, dentro del plazo de cinco días hábiles contado desde su notificación, un recurso jerárquico, que deberá ser resuelto por el Superintendente de Educación. La interposición de este recurso suspenderá la ejecución de la resolución recurrida hasta que sea resuelto.”

Principales Aspectos del Recurso del Artículo 59

Este recurso tiene ciertas particularidades que lo diferencian de los recursos tradicionales regulados en la Ley N.º 19.880, por lo que es importante destacar los siguientes aspectos:

Tipo de Recurso: Jerárquico Especial

  • Este recurso permite impugnar las sanciones impuestas por la Superintendencia de Educaciónen el ejercicio de sus facultades fiscalizadoras.
  • A diferencia del recurso jerárquico genéricoregulado por la Ley N.º 19.880 (artículo 59), este es un recurso especial, con reglas específicas establecidas en la Ley N.º 20.529.

Objeto del Recurso

  • Solo puede ser interpuesto contra sanciones impuestas conforme al artículo 48 de la Ley N.º 20.529, las cuales incluyen:
    1. Amonestaciones
    2. Multas
    3. Suspensión del reconocimiento oficial.
    4. Revocación del reconocimiento oficial.
  • Por lo tanto, no puede ser utilizado para impugnar otros actos administrativos distintos a la imposición de estas sanciones.

Plazo para Interponer el Recurso

  • El plazo es de cinco días hábilescontados desde la notificación de la resolución sancionatoria.
  • Este plazo es más breve que los plazos generales de 15 días establecidos en la Ley N.º 19.880 para recursos jerárquicos tradicionales, lo que refleja la intención de establecer un procedimiento más expedito en el ámbito educacional.

Efecto Suspensivo

  • La interposición del recurso suspende automáticamentela ejecución de la sanción recurrida hasta que esta sea resuelta por el Superintendente.
  • Este efecto suspensivo es especialmente relevante para garantizar los derechos de los establecimientos educacionales, pues evita que una sanción perjudique la continuidad de su funcionamiento mientras se revisa su legalidad.

Autoridad Competente para Resolver

  • Este recurso debe ser resuelto por el Superintendente de Educación, quien actúa como la máxima autoridad administrativa dentro de la Superintendencia.

Resolución del Recurso

  • El Superintendente debe emitir una resolución fundada dentro de un plazo razonable, ajustándose a los principios de eficiencia, imparcialidad y debido proceso establecidos en la Ley N.º 19.880.

Relación con la Ley N.º 19.880 (Bases de los Procedimientos Administrativos)

La Ley N.º 20.529 no opera de manera aislada; su procedimiento sancionatorio y el recurso del artículo 59 deben entenderse a la luz de las disposiciones generales de la Ley N.º 19.880. A continuación, se analizan los principales puntos de convergencia:

a) Principio del Debido Proceso (Artículos 11 y 16 de la Ley N.º 19.880)

  • Tanto la imposición de sanciones como la resolución del recurso deben respetar los derechos fundamentales de los administrados, incluyendo:
    • Derecho a ser notificado debidamente de los actos administrativos.
    • Derecho a presentar antecedentes, descargos y pruebas.
    • Derecho a obtener una resolución fundada y razonada.

b) Requisitos Formales del Recurso (Artículos 10 y 59 de la Ley N.º 19.880)

  • El recurso del artículo 59 de la Ley N.º 20.529 debe cumplir con los requisitos generales de los recursos administrativos establecidos en la Ley N.º 19.880, entre ellos:
    • Identificación del interesado.
    • Fundamentación clara de los motivos de la impugnación.
    • Solicitud expresa de la revocación o modificación del acto.

c) Plazos de Resolución (Artículo 27 de la Ley N.º 19.880)

  • Si bien la Ley N.º 20.529 no establece un plazo específico para que el Superintendente resuelva el recurso, se aplican los principios de celeridad y eficiencia de la Ley N.º 19.880. En general, las autoridades tienen un plazo máximo de 30 días hábilespara emitir una resolución.

d) Efecto Suspensivo (Artículo 59 de la Ley N.º 19.880)

  • La Ley N.º 20.529 refuerza este efecto, que ya se encuentra previsto en la Ley N.º 19.880 como una facultad discrecional. En el recurso del artículo 59, la suspensión es automática, lo que brinda mayor protección a los administrados.

Ejemplo Práctico

Un colegio recibe una sanción de multa por 1.000 UTM impuesta por la Superintendencia de Educación debido a supuestas infracciones a las normas de convivencia escolar. El colegio considera que la sanción es injusta porque no se valoraron ciertos antecedentes clave durante la fiscalización.

Pasos a seguir:

  1. Interponer el Recurso del Artículo 59:

    • Dentro de los cinco días hábilesdesde la notificación de la resolución, el colegio debe presentar el recurso jerárquico ante el Superintendente de Educación.
    • El recurso debe incluir una fundamentación clarade los motivos de impugnación, como errores en la evaluación de los hechos o en la aplicación de la normativa.
  2. Efecto Suspensivo:

    • Al presentar el recurso, la ejecución de la multa queda suspendida automáticamente, lo que permite al colegio continuar funcionando normalmente mientras se resuelve el recurso.
  3. Resolución por el Superintendente:

    • El Superintendente evalúa los antecedentes y dicta una resolución fundada. Si el recurso es acogido, se anula o modifica la sanción; de lo contrario, se confirma.

Conclusión

El recurso del artículo 59 de la Ley N.º 20.529 es una herramienta específica diseñada para proteger los derechos de los administrados frente a sanciones impuestas por la Superintendencia de Educación. Al estar vinculado con la Ley N.º 19.880, garantiza el respeto al debido proceso, la eficacia de los procedimientos y el principio de proporcionalidad en las sanciones.

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